A- de 2018
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Personero Municipal De Amagá·Demandado Contratista Ejecutor Del Plan Maestro De Alcantarillado De La Zona Urbana Del Municipio De Amagá -Unión Temporal Redes Amagá 2014 Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se dejó sin efectos el auto proferido por la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, dentro de la acción de tutela presentada por el Personero Municipal de Amagá contra el Contratista Ejecutor del Plan Maestro de Alcantarillado de la Zona Urbana del municipio de Amagá -Unión Temporal Redes Amagá 2014 y otros, toda vez que la autoridad competente para resolver la acción de tutela instaurada por el accionante es a quien primero se repartió la misma, esto es, a la citada Sala del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, a quien se remite el expediente para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Esta Corte advierte a la Sala que en lo sucesivo se abstenga de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 27 de abril de 2018 proferido por la Sala Tercera de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, dentro de la accion de tutela presentada por el Personero Municipal de Amaga contra el Contratista Ejecutor del Plan Maestro de Alcantarillado de la Zona Urbana del municipio de Amaga -Union Temporal Redes Amaga 2014, la Presidencia de la Republica, el Ministerio de Educacion, Findeter, la Alcaldia Municipal de Amaga y la Empresa de Servicios Publicos del citado ente territorial.
- SEGUNDO. REMITIR a la Sala Tercera de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, el expediente ICC-3316 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo respecto del amparo solicitado.
- TERCERO. ADVERTIR a Sala Tercera de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia que en lo sucesivo se abstenga de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- CUARTO. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Amaga, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.